La abogacía, profesión de riesgo? (*)
La pregunta te parece apocalíptica?.
Ojalá lo fuera.
Responde rigurosamente a la realidad.
Sí, lo es!.
Y lo grave de estas situaciones no es solo el estado riesgoso del ejercicio profesional, sino que cuando un abogado comprometido con la defensa del derecho de los más necesitados, de los que están en situación de vulnerabilidad, sufre alguna forma de persecución – precisamente por ese compromiso – son esos necesitados y vulnerables los que más desprotegidos quedan ya que se los priva de la defensa que les permitiría, si quiera acercarse, a lo que podría definirse como acceso a la jurisdicción.
Es por eso que cuando luchamos por que se dote al profesional del derecho de una protección fuerte ante las presiones de los poderes, político, económico, mediático, aclaramos que se trata de una herramienta que sea útil para favorecer el acceso a la jurisdicción idónea, imparcial e independiente.
Se afirma y es cierto, que sin jueces independientes no hay estado de derecho. Y vaya si tenemos ejemplos a diario de cómo en estos tiempos desde el poder político, desde el poder mediático, desde el poder real, se vulnera la independencia del poder judicial. Se ha llegado a afirmar, desde la propia Presidencia de la Nación, que si los jueces no son funcionales a las necesidades del Gobierno, se los cambiará por otros. Y vaya si cumplen este nuevo paradigma del Estado de democracia de baja intensidad que cada vez se acerca más al estado de dictadura de baja intensidad.
Una de las primeras medidas del gobierno de Mauricio Macri fue designar, en comisión, por decreto, a miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El grosero agravio a las más elementales normas de la institucionalidad democrática fue frenado por el revuelo que se armó.
Sin embargo, la finalidad que perseguía el gobierno se hizo realidad porque la “oposición” en lugar de ponerse los pantalones largos, se los bajó.
Desde las Comisiones de Derechos Humanos de la Asociación de Abogados de Buenos Aires y de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, ya desde diciembre de 2.015 advertíamos que la abogacía comprometida con las instituciones del Estado de derecho debía estar alerta, lo mismo que los abogados comprometidos con la vigencia de los Derechos Humanos, ya que el futuro Gobierno; mejor dicho, el poder real, iba anunciando lo que iba a hacer. Las editoriales de La Nación iban anunciando que se trataría de imponer el negacionismo, la impunidad de los crímenes de Estado terrorista y que se iba a enarbolar una vez más la teoría de los dos demonios.
Las visitas de partidarios de los genocidas a funcionarios de la Secretaría de Derechos Humanos, en la ex Esma fue una hartera provocación
Una catarata de agravios a los organismos de derechos humanos y sus figuras paradigmáticas, nos fueron dando la razón.
Luego vinieron los insultos a la clase trabajadora, que “ponía palos en la rueda” al buen funcionamiento del neoliberalismo que venía a entronizarse una vez más. Una impresionante oleada de despidos-
Los jueces laboralistas fueron calificados de mafia. Los abogados que defienden los intereses de los trabajadores, también una mafia.
El Poder Judicial, sobre todo el de Comodoro Py, fue adoptando medidas que dejaron por el subsuelo el prestigio de la justicia argentina. La persecución descarada y despiadada de Alejandra Gils Carbó logró – incluso con una escandalosa presión sobre su hija – logró su renuncia para reemplazarla, según las apetencias del Presidente, por una compañera de gimnasio.
Los jueces que hicieron lugar a acciones fundadas en las feroces tarifas, fueron perseguidos mediante infames acusaciones falsas, amenazas de juicio político, etc.
La función del Consejo de la Magistratura da vergüenza, sobre todo pr lo que están haciendo los representantes de los abogados.
Este Consejo que se prestó a una auténtica payasada tragicómica urdida con la Presidencia de la Corte para que un consejero no pudiera jurar antes de suspender primero y destituir después al juez Freiler, quedará en los anales de lo peor de las instituciones jurídicas argentinas.
La lista es lamentablemente interminable.
En aquellos documentos que elevamos a las autoridades de FACA y de la AABA señalábamos que este plan neoliberal no cierra sin represión y que cada vez que hay represión, también se victimiza a los abogados comprometidos con los reclamos.
Y así ocurrió.
Y ya había ocurrido antes, cada vez que se rozó al poder real y sus intereses. O sea, no inventamos nada ni fuimos iluminados, simple y llanamente memoriosos.
Cuando se rompió el tejido de impunidad de los crímenes del estado terrorista anulando las leyes y decretos que la habían favorecido, recrudecieron las persecuciones a los abogados y abogadas que intervenían en las causas en que se investigaban esos cobardes hechos. Primero en causas por la verdad, sin pretensión punitiva ya que esas leyes y decretos lo impedían y después en lo que conocemos como “causas de lesa”.
El aumento de la persecución, que ya se venía dando en distintos casos, se debió a la prosecución de causas que habían quedado suspendidas y al inicio de otras nuevas.
En la Comisión de DDHH de FACA recibimos múltiples denuncias que reunimos en un voluminoso dossier que enviamos al entonces Relator especial de Naciones Unidas para la Independencia de los Jueces y Abogados, Leandro Despouy. A la fecha desconocemos el tratamiento que pudiera haberse dispensado a esas gravísimas denuncias.
Teníamos el feroz antecedente de la dictadura cívico militar que se había ensañado con nuestro gremio. Y no podía ser de otra manera ya que si la pretensión es borrar las instituciones del estado de derecho, es necesario borrar toda forma de resistencia jurídica y ensañarse con los profesionales del derecho dignos, dispuestos a luchar contra los avances del estado represor.
La Asociación de Abogados de Buenos Aires elaboró un listado de abogados y abogadas detenidos/as desaparecidos/as. Más adelante se incorporaron profesionales del derecho asesinados durante el genocidio.
Esos colegas no fueron los primeros ni los únicos.
Un salón de la AABA lleva el nombre de Néstor Martins abogado detenido desaparecido, junto con su cliente Nildo Zenteno el 16 de diciembre de 1970.
Sabemos que la profesión de abogado y abogada, ejercida con dignidad ante los avances de los poderes abusivos, es peligrosa. Es por eso que queremos dotarla de la protección que otros sectores no necesitan.
A esa protección la llamamos inmunidad porque así la llaman distintos instrumentos del Derecho Internacional de los derechos humanos, la Carta de la Defensa de la Unión Internacional de Abogados, la Constitución del Brasil, etc.
Ese mensaje agraviante que baja desde lo más alto del poder político, persigue amedrentar a los abogados que defiendan intereses populares, contrarios a las apetencias del poder económico, del neoliberalismo, de la explotación del trabajo humano, de la precarización, de la flexibilización, etc.
Y mediante ese amedrentamiento, dejar indefensos a las víctimas de esos males: despedidos, explotados, estudiantes que luchan contra el cierre de establecimientos educacionales, luchadores sociales.
Y, por si todo eso fuera poco, privar del acceso a la justicia a los más humildes, a los más vulnerables, a los jubilados que carecen de acceso a lo más elemental. Todo en beneficio de una transferencia fenomenal de recursos a favor del capital concentrado, voraz e insaciable.
Los abogados molestan, estorban.
Pero no son solo las víctimas propiciatorias del poder real. Muchísimos jueces, alentados por las diatribas públicas, se sienten alentados, por un lado a complacer al poder de turno, por el otro, consolidar el poder corporativo que integran.
Entonces qué ocurre? Simple, persiguen al abogado. Cómo lo hacen? De las maneras más groseras.
Mediante sanciones económicas, muchas veces impagables. Y este tipo de persecución merece un párrafo aparte. El ciudadano no muy bien informado podría creer que tratándose de un juez el que sanciona al abogado, será respetando las normas elementales del proceso y la defensa. Nada más alejado de la realidad.
Cuando un juez impone una sanción disciplinaria es juez y parte. El mismo funcionario que se considera ofendido, sin dar posibilidad alguna de que el abogado – presunto ofensor – se explique o defienda, lo sanciona. Único caso en que se impone una pena sin derecho previo a defenderse. Único caso en que el mismo funcionario que es parte es juez. No existe imparcialidad alguna. Es un verdadero escándalo.
Para quienes no conozcan el derecho, le podemos aclarar que la recusación de un juez; o sea, el pedido de que se aparte de un caso, es un legítimo derecho constitucional que apunta a la garantía del juez imparcial. Cuando un abogado considera que un juez no es imparcial, por el motivo que fuere, tiene el derecho pero también la obligación (lo que llamamos el derecho/deber) de recusarlo. Porque el abogado tiene la obligación de defender a su cliente no de quedar bien o no irritar al juez.
Para dar un ejemplo un poco más contundente.
Los abogados que litigan en la Provincia de Buenos Aires están sometidos a las Normas de Ética y si no las cumplen pueden sufrir sanciones de su Colegio profesional.
Quieren saber que dice el art° 21 de ese plexo. Aquí les va:
“ART. 21 – RESPETO Y APOYO A LA MAGISTRATURA. ACUSACIÓN DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS.
Es deber de los abogados guardar a los magistrados el respeto y la consideración que corresponden a su función social.
No siendo los jueces enteramente libres para defenderse, tienen derecho a esperar la ayuda del foro contra las críticas injustas. Frente a motivos fundados de serias quejas contra un magistrado, es derecho y deber de los abogados presentar la denuncia o acusación ante las autoridades o ante sus Colegios. En tales casos, los abogados que los formulen deben ser apoyados por sus colegas.
La presente norma se hace extensiva a todo funcionario ante quien deban actuar los abogados en el ejercicio de su profesión.
(Unif. 17, 18, 19 y 20; Fed. 40 y 45; N. Y., 1)”
En la realidad esto no se verifica. Son numerosos los casos de abogados o sus Colegios, que por pedir la investigación de la conducta de un juez, han sido demandados civil y/o penalmente.
Y son cada vez más numerosos los casos de jueces que sancionan a abogados y abogadas por recusarlos.
La Provincia de Jujuy es un caso paradigmático en todas estas cuestiones que estamos describiendo. Decenas de abogados sancionados motivaron que el Colegio de Procuradores y Abogados, hiciera pública una declaración reclamando moderación en la aplicación de sanciones disciplinarias. Esta declaración provocó la violenta e indecorosa respuesta de tono antidemocrático y corporativo de la Asociación de Magistrados.
Hacemos aquí un aparte para señalar que estamos convencidos que debe eliminarse toda facultad sancionatoria de los jueces, salvo excepcionalísimos casos de incidentes en una audiencia o similares y que cualquier supuesta falta de ética debe ser juzgada por los Tribunaes de Disciplina.
Lo que hemos expresado hasta aquí es un mínimo reflejo de la realidad del ejercicio de la profesión de abogado.
De cualquier manera, por limitada que sea, si con esto no hemos podido demostrar que es real la aseveración inicial de que la profesión de abogado es una profesión de peligro, nos hemos expresado muy mal.
(*) Carlos López De Belva